Glosario feminista

- Letra G -

Género:

En las ciencias sociales, el concepto de género hace referencia a la construcción social que ha establecido desigualdades en cuanto a expectativas, roles, costumbres, identidades y comportamientos entre mujeres y hombres a partir de las diferencias biológicas de sexo, dando lugar a un “sistema jerarquizado en torno al género” por el que la pertenencia a un sexo (el masculino) otorga más oportunidades de partida en cuanto al acceso a los recursos, al reconocimiento social o a la participación en ámbitos de poder, y, correlativamente, ser mujer implica una desventaja de partida. Es por tanto, un conjunto de valores socialmente construidos que definen las diferentes características (emocionales, afectivas, intelectuales o físicas) y los comportamientos que cada sociedad asigna a los hombres o a las mujeres. A diferencia del sexo, que viene determinado con el nacimiento, el género se aprende y se puede modificar.

Desde la antropología, el género ha sido definido como la interpretación cultural e histórica que cada sociedad elabora en torno a la diferenciación sexual. Tal interpretación da lugar a un conjunto de representaciones sociales, prácticas, discursos, normas, valores y relaciones, en otras palabras, un sistema de sexo/género, que dan significado a la conducta de las personas en función de su sexo. En consecuencia, el género estructura tanto la percepción como la organización concreta y simbólica de toda la vida social.

Para la psicología, el concepto “género” alude al proceso mediante el cual individuos biológicamente diferentes se convierten en mujeres y hombres, mediante la adquisición de aquellos atributos que cada sociedad define como propios de la feminidad y la masculinidad. El género es, por tanto, la construcción psico-social de lo femenino y lo masculino (Dio Bleichmar, 1985). Desde la perspectiva psicológica, el género es una categoría en la que se articulan tres instancias básicas:

a) La asignación de género: se realiza en el momento en que nace la criatura, a partir de la apariencia externa de sus genitales.

b) La identidad de género: es el esquema ideo-afectivo más primario, consciente e inconsciente, de la pertenencia a un sexo y no al otro. Se establece más o menos a la misma edad en que la criatura adquiere el lenguaje (entre los dos y tres años) y es anterior a su conocimiento de la diferencia anatómica entre los sexos. Una vez establecida la identidad de género, cuando un niño se sabe y asume como perteneciente al grupo de lo masculino y una niña al de lo femenino, ésta se convierte en un tamiz por el que pasan todas sus experiencias.

c) El rol de género: es el conjunto de deberes, aprobaciones, prohibiciones y expectativas acerca de los comportamientos sociales apropiados para las personas que poseen un sexo determinado. La tipificación del ideal masculino o femenino es normativizada hasta el estereotipo, aunque en el desarrollo individual la futura mujer u hombre haga una elección personal dentro del conjunto de valores considerados propios de su género. No obstante, los roles y estereotipos de género, tanto femeninos como masculinos, están tan hondamente arraigados, que son considerados como la expresión de los fundamentos biológicos del género.

Por su parte, sociólogas e historiadoras feministas han conceptualizado el género como elemento estructurador de un conjunto de relaciones sociales –las relaciones de género– que determinan las interacciones de los seres humanos en tanto personas sexuadas. Las relaciones de género son socialmente construidas y, por lo tanto, son transformables; no proceden de la biología ni son necesariamente armoniosas, al contrario, pueden ser de oposición y conflicto. Dado que estos conflictos están determinados socialmente, pueden adoptar formas muy distintas en diversas circunstancias; a menudo adoptan la forma de dominación masculina y subordinación femenina (Whitehead, 1979).

 

Gestación subrogada:

La gestación subrogada, gestación por sustitución, subrogación gestacional, subrogación uterina, o simplemente subrogación o vientre de alquiler, es una técnica de reproducción asistida que consiste en que una mujer, de común acuerdo con una persona o pareja, acepta que se le transfiera a su útero el embrión previamente engendrado mediante fecundación in vitro por esa otra persona o pareja, con el fin de quedar embarazada de dicho embrión, gestarlo a término y parir en sustitución de la mencionada persona o pareja.

Según la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida del Ministerio de Sanidad de España, en el libro “Donación de Embriones“, “subrogación significa sustitución, de manera que un embarazo por sustitución es el que se produce cuando una mujer accede a quedar embarazada y a dar a luz un hijo, en sustitución de otra que no puede o no quiere hacerlo, mediante la transferencia de embriones procedentes de gametos propios o de la madre subrogada“.

Hasta aquí todo correcto, porque se entiende que es una decisión de mutuo acuerdo y puesto que las mujeres debemos ser libres para poder decidir qué hacer con nuestros cuerpos, incluso si queremos traer a la vida a las hija/os de otras personas que, por los motivos que sean, no pueden. El problema surge cuando este acuerdo implica un intercambio de dinero, una contraprestación económica, normalmente realizada a través de una empresa la cual ejecuta todo el proceso a cambio también de una alta comisión por el trabajo realizado, dándose el hecho de que la mayoría de personas que acceden a alquilar sus úteros y a gestar bebés para otras personas son mujeres en condiciones de pobreza y/o de exclusión.

Estas mujeres suelen estar en países con bajos niveles de desarrollo y escasos derechos humanos, en los cuales no existe una legislación real al respecto aunque la práctica sea considerada legal, como es el caso de India donde la legislación es muy flexible y se refieren a esta práctica como maternidad comercial. Por lo tanto se da además la desprotección legal de la persona, así se encuentran estas mujeres en condiciones nada favorables para sus vidas ni las de los bebés. En muchas ocasiones están privadas de derechos o incluso la decisión no ha sido tomada por ellas mismas sino por otras personas que les utilizan, como una nueva forma de prostitución o de trata de personas. Aunque las madres de alquiler no están siempre y necesariamente en países pobres y sin regulación sino que puede que estén en países del denominado primer mundo, con mayor protección legal aunque también con enormes vacíos legales, sea Europa sea EE.UU., pero en los cuales se encuentran en condición de pobreza y necesidad, y ven en la gestación subrogada una posibilidad de hacer dinero. Es por tanto, una práctica que supone una vez más la explotación de las personas más desfavorecidas.

La gestación subrogada es un acuerdo contractual en el cual la mujer que gesta al bebé para otra/s persona/s, queda exenta de todo derecho sobre la criatura que engendra y exenta también de tomar cualquier decisión sobre el proceso. Además, la pareja que haya contratado la gestación subrogada puede decidir en cualquier momento lo que hacer con la vida de la futura persona en proceso de crecimiento en el vientre de alquiler, por ejemplo, pedir realizar un aborto selectivo en función del sexo.

Existe un fuerte movimiento detractor de este negocio de la gestación subrogada ya que supone, una vez más, la mercantilización y cosificación del cuerpo de las mujeres. La maternidad subrogada se inscribe en el tipo de prácticas que implican el control sexual de las mujeres, y se puede considerar que, si en las sociedades tradicionales los matrimonios concertados o la compra por dote son las típicas formas en que se ejerce el control sexual de las mujeres, en las sociedades modernas la prohibición del aborto, la regulación de la prostitución y la maternidad subrogada o alquiler de vientres, son las expresiones más notorias de la utilización del cuerpo de las mujeres en lo relacionado con la sexualidad y la reproducción.